Matriculación del Alumnado

CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE MATRICULACIÓN

Del 1 al 10 de julio, ambos inclusive

Plazo de matrícula para las enseñanzas elementales básicas y profesionales de música y de danza. En 1º curso de las enseñanzas elementales básicas de música, se realizará matrícula o reserva de plaza.

18 y 19 de julio

Plazo de matrícula para la segunda adjudicación de 1º curso de enseñanzas elementales básicas de música.

Del 1 al 7 de septiembre, ambos incluidos

Plazo de matrícula para aquel alumnado cuya promoción depende del resultado de la convocatoria extraordinaria de septiembre.

12 y 13 de septiembre, ambos incluidos.

Plazo de matrícula para aquel alumnado adjudicatario de una plaza vacante en 1º EEBM o 1º EPM (2ª vuelta).

21 y 22 de septiembre

Plazo de matrícula para el alumnado que haya sido adjudicatario en la resolución de admisión de septiembre.

Del 26 y 27 de septiembre

Plazo de matrícula para el alumnado que haya sido adjudicatario de vacantes para curso distinto de 1º (2º vuelta).

28 y 29 de septiembre

Plazo de matrícula para adjudicatarios de plazas escolares vacantes por movimientos verticales en curso distinto de 1º en enseñanzas elementales básicas de música.

28 y 29 de septiembre

Plazo de matrícula para adjudicatarios de plazas escolares vacantes por movimientos horizontales en 1º de enseñanzas profesionales de música.

3 y 4 de octubre

Plazo de matrícula para adjudicatarios de plazas escolares vacantes por movimientos verticales en curso distinto de 1º en enseñanzas profesionales de música.

 

Documentación e Instrucciones

Información Importante:

MATRICULACIÓN DE ALUMNOS CON ASIGNATURAS PENDIENTES

Los criterios para la matriculación del alumnado en las enseñanzas básicas y profesionales con asignaturas no superadas son los siguientes:

Enseñanzas Básicas:

  • Se podrá promocionar al curso siguiente con una sola asignatura no superada, teniendo que repetir el curso completo si son más las materias sin superar.
  • Los alumnos o alumnas que hayan promocionado al curso siguiente con una materia pendiente y no la superen al término del mismo deberán cursar de nuevo, junto con la no superada, todas las materias del curso en el que están matriculados.

Enseñanzas Profesionales:

  • Se podrá promocionar al curso siguiente con una o dos materias no superadas (de uno o varios cursos), teniendo que repetir el curso completo si son más las materias con calificación negativa.

 

Promocionar con materias pendientes supondrá un incremento en el importe de la matrícula debido, además de al mayor número de materias, al encarecimiento de la tasa para estas materias.

 

ASIGNATURAS OPTATIVAS PARA 6º DE EEPP CURSO 2022/2023

 

  • Big Band
  • Yoga para músicos
  • Teoría y práctica de la música moderna
  • Iniciación al Jazz
  • Inglés Aplicado a la Música
  • Miedo Escénico
  • Literatura e Interpretación del Instrumento Principal (Solamente para alumnos que en 5º EEPP han cursado la modalidad B-1 ó B-2)
  • Estilos y Formas Musicales (Solamente para alumnos que en 5º EEPP han cursado la modalidad A-1)
  • Pedagogía (Solamente para alumnos que en 6º EEPP han elegido la modalidad B-1)

PROGRAMACIONES

TRASLADOS DE MATRÍCULA

Los traslados de matrícula en las enseñanzas de música que se soliciten en el primer trimestre del curso serán autorizados por el Director. Cuando los traslados se soliciten en el segundo trimestre, deberán ser autorizados por el titular de la Delegación Provincial, si tienen lugar en la misma provincia, o por el titular de la Dirección General de Planificación y Centros cuando se produzca entre provincias distintas, siendo preceptivo en estos casos el informe de los Servicios de Inspección de Educación correspondientes.

Los traslados de matrícula que se soliciten desde centros de otras Comunidades Autónomas, deberán ser autorizados por el titular de la Dirección General de Planificación y Centros.

En ningún supuesto se autorizarán traslados de matrícula en el tercer trimestre del curso.

El traslado estará condicionado a la existencia de plaza vacante en el curso y especialidad correspondientes.

AMPLIACIÓN DE MATRÍCULA

Una vez comenzado el curso escolar y durante el primer trimestre, el Director del Conservatorio podrá autorizar, con carácter excepcional, siempre que existan puestos escolares vacantes, la matrícula en dos cursos de la misma especialidad de enseñanzas básicas o de la misma especialidad y ciclo de las enseñanzas profesionales, a aquel alumnado que, previa orientación del profesorado, así lo solicite, siempre que el informe de cada uno de los profesores que le imparte docencia sea favorable.

El alumnado que realice la ampliación sólo tendrá que asistir a una clase de instrumento, en ningún caso, la matriculación en dos cursos otorga el derecho a recibir dos clases. 

Así mismo, deberá asistir sólo a las clases del curso más alto de aquellas asignaturas que ya cursaba en el curso anterior.

Obviamente, tendrá que cursar también todas las materias nuevas del curso al que amplía, individuales o colectivas.

Tendrá además que asistir a las clases de las materias nuevas propias del curso al que amplía, en el caso de que las hubiera.

ANULACIÓN DE MATRÍCULA

Los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, a petición razonada del alumno o alumna o de sus representantes legales, si es menor de edad, podrán dejar sin efecto, por una sola vez, la matrícula formalizada para las enseñanzas música.

La solicitud se dirigirá al titular de la Delegación Provincial antes de finalizar el mes de abril del correspondiente curso académico. A tales efectos, será presentada en el Conservatorio, adjuntándose la documentación que justifique las circunstancias que imposibilitan la asistencia a clase.

En las enseñanzas de música la solicitud deberá ser global, extendiéndose a todas las asignaturas en las que el alumno o alumna esté matriculado.

La anulación de la matrícula tendrá efectos sobre los límites de permanencia en los cursos, ciclos o grados correspondientes.

En ningún caso, la anulación de la matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas.

CAMBIO DE ESPECIALIDAD

Hasta el 11 de Septiembre

Podrán solicitar el cambio de especialidad aquellos alumnos que hayan cursado y superado el primer o segundo curso de las enseñanzas básicas de música.

Para saber las especialidades del conservatorio pincha aquí.

LÍMITE DE PERMANENCIA

El límite de permanencia en las enseñanzas básicas de música será de 5 años académicos y en las enseñanzas profesionales de 8, sin que el alumnado pueda permanecer más de 2 años en el mismo curso, ni más de 3 en el mismo ciclo en el caso del grado medio.

​Ampliación del límite de permanencia:
No obstante lo anterior, cuando concurran circunstancias graves que impidan el normal desarrollo de los estudios, se podrá ampliar en un año la permanencia en cada una de las enseñanzas. Para ello, el interesado o interesada deberá solicitado, acompañando justificación documentada de las circunstancias alegadas,
antes del día 8 de julio de cada año, a la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, a través de la Delegación Provincial correspondiente.

La resolución que se dicte se comunicará al Conservatorio y se habilitará expresamente un plazo extraordinario de matriculación.

 

SEGUNDA ESPECIALIDAD

 

En las Enseñanzas Profesionales, se podrá cursar una segunda especialidad instrumental, siempre que el alumno o alumna haya superado completamente el primer curso de dichas enseñanzas, así como la prueba de acceso correspondiente a la segunda especialidad. A tales efectos, se considerará primera especialidad aquella que el alumno o alumna ya venía cursando.

Asimismo, el alumno o alumna podrá realizar la prueba de acceso a un curso distinto de primero para el acceso a una segunda especialidad. En este caso deberá tener superado completamente en la primera especialidad, como mínimo, el curso al que solicita acceder en la segunda especialidad.

El alumnado que curse una segunda especialidad no se matriculará de las asignaturas comunes ya cursadas y superadas en la primera especialidad. La calificación obtenida en la primera especialidad será válida para la segunda especialidad y de esta manera deberá constar en el libro de calificaciones.

Los interesados deberán rellenar una Solicitud de Admisión y entregarla en la Administración del Centro del 1 al 30 de abril. La matrícula en la segunda especialidad estará condicionada a que haya plazas vacantes en la especialidad y curso solicitado y a que sea autorizada por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

En las Enseñanzas Elementales Básicas no se podrá cursar una segunda especialidad, es decir no se podrá simultanear el estudio de dos instrumentos.

Segunda materia instrumental. El alumnado que haya finalizado en su totalidad las Enseñanzas Básicas de Música podrá volver a cursar estas enseñanzas con otra materia instrumental. La convalidación, matriculación y calificación de materias será de aplicación, por analogía, a lo establecido para una segunda especialidad en enseñanzas profesionales, siendo consideradas como materias comunes: Lenguaje Musical y Coro.

Normativa de Referencia:

Orden de 13 de marzo de 2.013, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión y matriculación en las enseñanzas elementales básicas y profesionales de música en Andalucía.

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