Equipo Directivo

Competencias del Equipo Directivo
  • Velar por el buen funcionamiento del conservatorio.
  • Establecer el horario que corresponde a cada materia, asignatura y, en su caso, ámbito y, en general, el de cualquier otra actividad docente y no docente.
  • Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, así como velar por el cumplimiento de las decisiones de los órganos de
    coordinación docente, en el ámbito de sus respectivas competencias.
  • Elaborar el Plan de Centro y la memoria de autoevaluación, de conformidad con lo establecido en los artículos 22.2 y 3 y 27.5 del Decreto 361/2011 de 7 de diciembre.
  • Impulsar la actuación coordinada del conservatorio con otros centros docentes y, especialmente, con otros centros que impartan enseñanzas de educación secundaria obligatoria o bachillerato cursadas por el alumnado simultáneamente con las impartidas en el conservatorio.
  • Favorecer la participación del conservatorio en redes de centros que promuevan planes y proyectos educativos para la mejora permanente de la enseñanza.
  • Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.
  • Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la Consejería competente en materia de educación.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Cosano Quiles, Juan José

Director

Competencias de la Dirección
  • Ostentar la representación del conservatorio, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
  • Dirigir y coordinar todas las actividades del conservatorio, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.
  • Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de colaboración entre todo el profesorado, designar el profesorado responsable de la aplicación de las medidas de atención a la diversidad, promover la innovación educativa e impulsar y realizar el seguimiento de planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del conservatorio.
  • Garantizar en el conservatorio el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al conservatorio.
  • Ejercer la potestad disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 del Decreto 361/2011 de 7 de diciembre.
  • Favorecer la convivencia en el conservatorio, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado, en cumplimiento de la normativa vigente y del proyecto educativo del conservatorio, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar.
  • Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del conservatorio con el entorno y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral del alumnado en conocimientos y valores.
  • Impulsar las evaluaciones internas del conservatorio y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
  • Convocar y presidir los actos académicos y sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesorado del conservatorio y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
  • Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del conservatorio y ordenar los pagos, todo ello de conformidad con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.
  • Visar las certificaciones y documentos oficiales del conservatorio, así como de los centros privados que, en su caso, se adscriban a él, de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.
  • Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes del conservatorio, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
  • Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de Profesorado y al Consejo Escolar.
  • Establecer el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a la realización de sus funciones, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
  • Proponer a la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación el nombramiento y cese de las jefaturas de departamento y de otros órganos de coordinación didáctica que se pudieran establecer en aplicación de lo recogido
    en el artículo 74.2, oído el Claustro de Profesorado.
  • Nombrar y cesar a los tutores y tutoras del alumnado, a propuesta de la jefatura de estudios.
  • Decidir en lo que se refiere a las sustituciones del profesorado que se pudieran producir por enfermedad, ausencia u otra causa, de acuerdo con lo que a tales efectos se determine por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y respetando, en todo caso, los criterios establecidos normativamente para la provisión de puestos de trabajo docentes.
  • Firmar convenios de colaboración con otras entidades para la formación del alumnado en centros de trabajo, previo informe favorable del Consejo Escolar.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
Ruiz Rodríguez, Manuel

Ruiz Rodríguez, Manuel

Vicedirector

Competencias de la Vicedirección
  • Colaborar con la dirección del conservatorio en el desarrollo de sus funciones.
  • Mantener, por delegación de la dirección, las relaciones administrativas con la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
  • Promover e impulsar las relaciones del conservatorio con las instituciones del entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
  • Promover las relaciones con otras entidades que colaboren en la formación del alumnado y en su inserción profesional.
  • Promover y, en su caso, coordinar y organizar la realización de actividades de extensión cultural y promoción artística, así como complementarias y extraescolares, en colaboración con los departamentos de coordinación didáctica.
  • Facilitar la información sobre la vida del conservatorio a los distintos sectores de la comunidad educativa.
  • Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en la vida y en el gobierno del conservatorio, así como en las distintas actividades que se desarrollen en el mismo, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
Albillo Blánquez, Enrique

Albillo Blánquez, Enrique

Secretario

Competencias de la Secretaría
  • Ordenar el régimen administrativo del conservatorio, de conformidad con las directrices de la dirección.
  • Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del conservatorio, establecer el plan de reuniones de dichos órganos, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos, todo ello con el visto bueno de la dirección
  • Custodiar los libros oficiales y archivos del conservatorio.
  • Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.
  • Realizar el inventario general del conservatorio y mantenerlo actualizado.
  • Adquirir el material y el equipamiento del conservatorio, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la dirección, sin perjuicio de las facultades que en materia de contratación corresponden a la persona titular de la dirección, de conformidad con lo recogido en el artículo 64.1.k) del Decreto 361/2011 de 7 de diciembre.
  • Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al conservatorio y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del conservatorio.
  • Ordenar el régimen económico del conservatorio, de conformidad con las instrucciones de la dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería competente en materia de educación y los órganos a los que se refiere el artículo 26.4 del Decreto
    361/2011 de 7 de diciembre.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
Molina Ramiro, Trinidad

Molina Ramiro, Trinidad

Jefa de Estudios

Competencias de la Jefatura de Estudios
  • Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
  • Ejercer, por delegación de la dirección, la presidencia de las sesiones del equipo técnico
    de coordinación pedagógica.
  • Establecer los criterios para organizar y coordinar las sesiones de evaluación.
  • Proponer a la dirección el nombramiento y cese de los tutores y tutoras del alumnado
  • Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con otros centros.
  • Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del conservatorio, así como el horario lectivo del alumnado y el individual del profesorado, de acuerdo con los criterios incluidos en el proyecto educativo, así como velar por su estricto cumplimiento.
  • Elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.
  • Coordinar la organización de las distintas pruebas de aptitud y de acceso y exámenes que se realicen en el conservatorio.
  • Elaborar la planificación general de las sesiones de evaluación y el calendario de la pruebas de evaluación y pruebas extraordinarias.
  • Coordinar las actividades de las jefaturas de departamento.
  • Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas.
  • Organizar los actos académicos.
  • Organizar la atención y el cuidado del alumnado menor de edad en los períodos de actividades no lectivas.
  • Adoptar, conforme a lo establecido a la normativa vigente, las decisiones relativas al alumnado en relación con las medidas de atención a la diversidad.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Vera Martín-Peñasco, Mª Carmen

Jefe de Estudios (Adjunta)

Arcos Ordóñez, Ana

Arcos Ordóñez, Ana

Jefa de Estudios (Adjunta)

Competencias de la Jefatura de Estudios Adjunta
  • Las competencias de la jefatura de estudios adjunta serán las que, supervisadas por la dirección, le sean delegadas por la jefatura de estudios en la enseñanza o enseñanzas que se le asignen.